A todos nos encantaban las vacaciones de verano cuando éramos niños. Como adulto es un poco más estresante. Si trabajas a jornada completa, tienes que pensar dónde van a estar los niños mientras trabajas. Si eres un padre divorciado, incluso pensar en las vacaciones de verano puede provocarte un ataque de pánico. Todo puede volverse potencialmente el doble de difícil. Algunas de las cuestiones que abordamos en nuestros despachos al principio de cada verano son: ¿A qué progenitor le toca qué semana de vacaciones? O, ¿Cuántas semanas puedo llevarme a mis hijos de vacaciones? ¿Una semana? ¿Dos semanas? ¿Pueden ser consecutivas? ¿Qué harán los niños todo el verano? ¿Irán los niños a un campamento de verano? Si los niños van a un campamento de verano, ¿quién lo pagará? ¿Puede mi cónyuge llevarse a mi hijo de vacaciones al extranjero? ¿Puedo yo? Como ocurre con tantas cuestiones en un divorcio, la comunicación es clave para superarlas. Un Convenio Conyugal bien redactado puede responder a todas las preguntas anteriores. Y la ventaja del Convenio Conyugal es que conoces la respuesta antes de que llegue el verano. Por ejemplo, una cláusula habitual en un Convenio Conyugal es: Las partes decidirán antes del 1 de abril de cada año a qué semanas llevarán a los niños de vacaciones de verano. En los años pares, la esposa tendrá la primera opción, y en los años impares, el esposo. Negociar cuestiones como el tiempo de custodia en verano es algo que hacemos habitualmente durante el proceso de divorcio. No hay razón para dejar estas cuestiones para el principio del verano. Aunque siempre estamos dispuestos a ayudar a nuestros clientes, nuestro objetivo es responder a sus preguntas lo antes posible y evitar ataques de pánico.
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